El Gabinete Jurídico de la Generalitat está inmerso en un proceso judicial en defensa de la legalidad de las tientas taurinas, una
prueba pensada para testar la bravura de los animales, que se celebran
en fincas ganaderas del sur de Tarragona, después de que el juzgado
contencioso administrativo 17 de Barcelona ordenara en septiembre la suspensión cautelar de estos espectáculos.
Los escritos judiciales, a los que ha tenido acceso Europa Press, reflejan, por un lado, que la Generalitat ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) la suspensión de estas medidas cautelares y, por otro lado y ante el mismo tribunal contencioso administrativo, que se garantice la continuidad de las tientas.
La discusión judicial tiene su origen en una tienta taurina que se celebró en Alfara de Carles (Tarragona) en agosto de 2012 con la participación de toreros profesionales, a la que acudieron más de 200 turistas que pagaron una entrada, y tiene como telón de fondo la prohibición de las corridas de toros aprobada por la mayoría del Parlament en 2010.
La presidenta de la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales del Colegio de Abogados de Barcelona (Icab) y abogada de la plataforma Prou! que impulsó la prohibición taurina, Anna Mulà, ha confirmado a Europa Press que, a raíz de la suspensión cautelar, este tipo de espectáculos han dejado de celebrarse, aunque ha lamentado que el Govern quiera preservarlos.
En su respuesta a la demanda animalista, la Generalitat alega falta de legitimación activa de las denunciantes, por presuntamente alternar su participación en el proceso como personas físicas con su cargo en la comisión del Icab, y además asegura que las tientas no están legisladas en la prohibición del Parlament ni en la normativa catalana posterior que blindó la celebración de los tradicionales correbous.
El abogado de la Generalitat argumenta que la tienta no implica someter a los toros a sufrimientos, ni a ser objeto de burlas o comportamientos antinaturales, aunque se haga "como un espectáculo abierto al público", y atestigua que en las inspecciones realizadas por técnicos de la Dirección General de Agricultura y Ganadería se ha constatado el buen estado de los animales y su correcto cuidado.
Asimismo, observa que durante la tienta no se utiliza ningún objeto punzante, no se infligen heridas a los animales, y concluye que la modalidad denunciada, con público o sin él, "no tiene encaje en ninguna de las modalidades establecidas en el reglamento estatal de espectáculos taurinos" y tampoco en la ley 28/2010 que añadió en su artículo 6 la prohibición expresa de cualquier espectáculo taurino que se celebre fuera o dentro de las plazas de toros.
Así, y pese a la prohibición expresa catalana que posteriormente el PP llevó al Tribunal Constitucional (TC), el Govern esgrime el real decreto estatal que fijó en 1996 qué se entiende por espectáculos taurinos para reforzar la idea de que las tientas no están sujetas a ninguna legislación.
La respuesta de la Generalitat añade además que la tienta que se realiza en una explotación ganadera de cría de toros, como sucede en Alfara de Carles, es inherente a este tipo de negocio y por ello no requiere ninguna autorización específica: "Sería como si una explotación de vacas lecheras tuviera que pedir autorización a la administración para muñir a las vacas, cosa totalmente absurda", concluye.
Antes de llegar a los tribunales, la Conselleria de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural ya desestimó en noviembre de 2012 una denuncia en el mismo sentido, así como el posterior recurso de alzada tres meses más tarde. Las denunciantes, no obstante, presentaron una denuncia en paralelo ante la Conselleria de Interior, departamento al que Agricultura también remitió la documentación del expediente, que como responsable en materia de espectáculos y actividades recreativas inició un expediente sancionador que ya ha cerrado y notificado al interesado.
http://www.elmundo.es/cataluna/2014/04/20/5353b69b268e3e7f1d8b4571.html
Los escritos judiciales, a los que ha tenido acceso Europa Press, reflejan, por un lado, que la Generalitat ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) la suspensión de estas medidas cautelares y, por otro lado y ante el mismo tribunal contencioso administrativo, que se garantice la continuidad de las tientas.
La discusión judicial tiene su origen en una tienta taurina que se celebró en Alfara de Carles (Tarragona) en agosto de 2012 con la participación de toreros profesionales, a la que acudieron más de 200 turistas que pagaron una entrada, y tiene como telón de fondo la prohibición de las corridas de toros aprobada por la mayoría del Parlament en 2010.
La presidenta de la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales del Colegio de Abogados de Barcelona (Icab) y abogada de la plataforma Prou! que impulsó la prohibición taurina, Anna Mulà, ha confirmado a Europa Press que, a raíz de la suspensión cautelar, este tipo de espectáculos han dejado de celebrarse, aunque ha lamentado que el Govern quiera preservarlos.
En su respuesta a la demanda animalista, la Generalitat alega falta de legitimación activa de las denunciantes, por presuntamente alternar su participación en el proceso como personas físicas con su cargo en la comisión del Icab, y además asegura que las tientas no están legisladas en la prohibición del Parlament ni en la normativa catalana posterior que blindó la celebración de los tradicionales correbous.
El abogado de la Generalitat argumenta que la tienta no implica someter a los toros a sufrimientos, ni a ser objeto de burlas o comportamientos antinaturales, aunque se haga "como un espectáculo abierto al público", y atestigua que en las inspecciones realizadas por técnicos de la Dirección General de Agricultura y Ganadería se ha constatado el buen estado de los animales y su correcto cuidado.
Asimismo, observa que durante la tienta no se utiliza ningún objeto punzante, no se infligen heridas a los animales, y concluye que la modalidad denunciada, con público o sin él, "no tiene encaje en ninguna de las modalidades establecidas en el reglamento estatal de espectáculos taurinos" y tampoco en la ley 28/2010 que añadió en su artículo 6 la prohibición expresa de cualquier espectáculo taurino que se celebre fuera o dentro de las plazas de toros.
Así, y pese a la prohibición expresa catalana que posteriormente el PP llevó al Tribunal Constitucional (TC), el Govern esgrime el real decreto estatal que fijó en 1996 qué se entiende por espectáculos taurinos para reforzar la idea de que las tientas no están sujetas a ninguna legislación.
La respuesta de la Generalitat añade además que la tienta que se realiza en una explotación ganadera de cría de toros, como sucede en Alfara de Carles, es inherente a este tipo de negocio y por ello no requiere ninguna autorización específica: "Sería como si una explotación de vacas lecheras tuviera que pedir autorización a la administración para muñir a las vacas, cosa totalmente absurda", concluye.
Antes de llegar a los tribunales, la Conselleria de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural ya desestimó en noviembre de 2012 una denuncia en el mismo sentido, así como el posterior recurso de alzada tres meses más tarde. Las denunciantes, no obstante, presentaron una denuncia en paralelo ante la Conselleria de Interior, departamento al que Agricultura también remitió la documentación del expediente, que como responsable en materia de espectáculos y actividades recreativas inició un expediente sancionador que ya ha cerrado y notificado al interesado.
http://www.elmundo.es/cataluna/2014/04/20/5353b69b268e3e7f1d8b4571.html
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